Mujer y trabajo 2024: roles que aún se repiten y legislación nueva

Ha pasado más de un siglo desde las primeras manifestaciones y tomas de posición que precedieron a la instauración del Día Internacional de la Mujer -antes Día de la Mujer Trabajadora-, que se celebra el 8 de marzo.

Cada año, Naciones Unidas propone un lema y unas líneas de actuación para esta fecha, sin embargo, son las personas, entidades, asociaciones… en definitiva, la sociedad, desde sus propias circunstancias, quien establece cómo se conmemorará este día en cada país.

El mundo laboral, para muchas mujeres, se convierte en una carrera de obstáculos. Foto Freepik

La cronología histórica de esta efeméride está al alcance de cualquiera, por lo que repetir las circunstancias que llevaron a la instauración de esta fecha es fácil de rastrear. Baste decir que la primera conmemoración del Día Internacional de la Mujer Trabajadora fue en 1911 y el reconocimiento oficial por la ONU en 1975. Visto así, con esta perspectiva temporal, tampoco hace tantos años.

En España, han sido las últimas décadas las que han dado un empujón definitivo a los avances en materia legislativa, impulsando la mejora de las condiciones sociales, laborales y económicas con distintas normativas. La sociedad, en general, también ha asumido que la igualdad entre hombres y mujeres debe ser normalizada, tal y como reza en la Constitución Española.

Aun así, cuando aterrizamos de lo general a lo particular, sigue habiendo diferencias y controversia en materia laboral y social.

La brecha salarial que no desaparece

Es el caso de la brecha salarial, que sigue siendo importante en muchos sectores y que se hereda de años atrás, a pesar de las subidas de salarios correspondientes, estos difícilmente alcanzarán esa deseada equiparación.

Siguen existiendo trabajos feminizados, como los menos cualificados en el sector del cuidado de mayores y niños o cuidados del hogar.

Por el contrario, también hay otros, como el empleo en las administraciones del Estado y las Comunidades Autónomas, en los que, en general, el grueso de los trabajadores son mujeres, mientras que los puestos más altos y mejor pagados suelen detentarlos hombres.

Otros, como en la judicatura, universidades, medicina…, también con un alto porcentaje de mujeres en sus filas, van equiparándose en salarios, no así en el caso de los altos cargos, que siguen siendo, en su mayoría, masculinos. Esperemos que en futuro próximo esto cambie, por el relevo generacional y porque la sociedad necesita que las mujeres ocupen puesto de relevancia para una plena igualdad entre personas.

La presencia de las mujeres en algunos trabajos sigue siendo minoritaria. Foto Freepik.

En las grandes empresas privadas y sus consejos de administración, vemos como en las fotos de familia, sigue habiendo “más trajes que vestidos”, frivolizando un tanto la descripción.

Empleos de baja cualificación, en la construcción, por ejemplo, están masculinizados, mientras que, en la hostelería se han equiparado. Es normal ver el mismo número de camareras y camareros, cocineros y cocineras, pero en los hoteles, el personal de piso, sigue siendo en su mayoría femenino.

¿Cómo se percibe la evolución de la situación de la mujer en nuestra sociedad?

Según la última encuesta del CIS, publicada este enero de 2024, Percepciones sobre la igualdad entre hombres y mujeres y estereotipos de género, una de las conclusiones es que “las mujeres dedican el doble de tiempo al cuidado de los hijos que los hombres”. Nada nuevo bajo el sol.

Sin embargo, sí que hay otro dato que puede resultar chocante:

“Un 44,1 % de los hombres está “muy o bastante de acuerdo” con que “se ha llegado tan lejos en la promoción de la igualdad de las mujeres que ahora se está discriminando a los hombres”.

Una afirmación que no comparte el 65,5 % de las mujeres.

De hecho, el 78,1 % de las mujeres está de acuerdo con que “las mujeres tienen que esforzarse más que los hombres para demostrar que pueden desempeñar el mismo puesto de trabajo”. Entre los hombres, este porcentaje baja al 51,8 % de los que están de acuerdo y un 46,3 % niegan que sea así.

La encuesta también incluye preguntas sobre estereotipos, como el cuidado del hogar y de personas dependientes en un día laborable. Aunque la mujer ocupa más horas, la diferencia de dedicación entre ambos sexos es menor. Pero, cuando hablamos del cuidado de los hijos, la distancia aumenta significativamente, ya que las mujeres dedican 412,25 minutos (6,7 horas) mientras que los hombres ocupan unos 228,88 minutos (3,7 horas) de su tiempo.

La educación y los valores que trasmitimos a nuestras hijas e hijos en las familias y escuelas son esenciales para conseguir una plena igualdad en la sociedad que construimos entre todos día a día.

Normativas en pro de la igualdad

Por su parte, la legislación relacionada con la equiparación de hombres y mujeres en lo laboral, ha seguido evolucionando con algunas normativas importantes en los últimos años y meses. Destacamos:

  • La Constitución Española del año 1978, en su artículo 14, dice: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Esa búsqueda de la igualdad ha implicado muchos cambios jurisprudenciales y legales desde la entrada en vigor de la Constitución Española. Las normas y decisiones judiciales están condicionadas por este precepto de la norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico.

  • El principio de igualdad como uno de los valores fundamentales de la UE se estableció en el Tratado de Lisboa (se firmó el 13/12/2007, posteriormente ratificado por los países miembros) y, más específicamente, en los artículos 2 y 3, apartado 3 del Tratado de la Unión Europea, en los artículos 8, 10, 19, 153 y 157 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en los artículos 21 y 23 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE (proclamada el 07/12/2000). La igualdad de género es uno de los veinte principios clave del pilar europeo de los derechos sociales.
  1. Las mujeres trabajadoras siguen teniendo menos puestos de responsabilidad en comparación a sus compañeros hombres. Foto: Freepik
  2. Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. En esta norma se equipara la prestación por maternidad y paternidad, así como el derecho de la lactancia. El padre y la madre pueden estar el mismo tiempo con los hijos nacidos.
  3. El Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico. Se modificó el artículo 60 de Ley General de Seguridad Social por el que se regula el complemento de pensión por maternidad/paternidad. Esto supone beneficios para pensionistas, hombres y mujeres, por haber sacrificado parte de su carrera profesional a la crianza de los hijos.
  4. La Directiva (UE) 2022/2381, entrará en vigor el 27 de diciembre de 2022 y los Estados miembros adoptarán y publicarán, a más tardar el 28 de diciembre de 2024, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la norma. Deberán aprobar normas para una representación más equilibrada de mujeres y hombres en los consejos de administración de las sociedades cotizadas, mediante el establecimiento de medidas eficaces dirigidas a acelerar el progreso hacia el equilibrio de género.

En conclusión, la igualdad entre hombre y mujer está reconocida en nuestro ordenamiento jurídico desde hace tiempo, pero somos la sociedad y las personas las que debemos hacer efectivo este principio básico.

Por Guadalupe Mejorado y Rafael Jiménez Barba

El artículo ha sido publicado previamente en nuestra revista “A Hombros de Trabajadores”, N.º 6. Marzo 2024, en papel y pdf digital